martes, 14 de enero de 2014

El dilema de la pesca con muerte y las especies exóticas

Buenas a todos, en esta entrada quería plantear un debate sobre la normativa de pesca en alguna de las comunidades autónomas concretamente en la de Madrid y Castilla La Mancha.
Ya que desde hace tiempo tengo diversas dudas de como interpretarla y aplicarla en mis jornadas de pesca.

El  problema reside en que yo soy un defensor de la pesca sin muerte, no porque este encontra de comer lo que se pesca, porque sería poco coherente decirlo cuando uno va todas las semanas a la pescadería y come los peces que han pescado otros, muchas veces obtenidos con técnicas agresivas contra el medio, como la pesca de arrastre. Sin embargo creo fielmente que en la situación en la que se encuentran nuestros ríos y embalses, es necesario que todos los pescadores capturemos y soltemos todas las piezas, para así mantener el ecosistema y la naturaleza en buen estado y equilibrio.
De tal manera que seamos capaces de compensar la escesiva presión de pesca a la que son sometidas nuestras aguas protegiendo nuestra población piscícola.

El dilema, surge cuando al leer la normativa uno observa que las especies exóticas deben por lo general ser esquilmadas en protección de las autóctonas, además muchas especies propias pueden ser objeto de pesca con muerte si se cumple la talla.
El problema es que la gran parte de especies que habitan en nuestras aguas son de origen exótico, de las autóctonas quedan pocas y la mayoría en extinción, las más visibles la boga y el barbo, ambas son pescables con muerte cumpliendo la talla, las que no son pescables es porque prácticamente están extinguidas.

Concluyendo, especies como el pez gato punteado y el siluro, que son exóticas, comedoras de todo, NO SON PESCABLES, es decir, que en teoría no se pueden ni intentar pescar, lo cual contradice la idea de preservar lo autóctono.
Por otro lado, especies como el black bass, el lucio, lucio perca, carpa,carpín, etc, que son las especies que más proliferan y además son las más gustosas de pescar, deberían ser SACRIFICADAS tras su captura, muchas de ellas sin talla.

A mi todo esto me da que pensar, porque si llevamos la normativa a rajatabla tarde temprano desaparecerían los blass, lucios, luciopercas, capines, carpas, etc. Es decir, que al final en nuestras aguas solo tendríamos unas poquitas bogas y unos poquitos barbos que estarían amenazados por el pez gato punteado y el siluro.

En cuanto a la normativa del  cangrejo hay varias contradicciones. Por un lado nos dicen que el cangrejo rojo y el señal, hay que capturarlos incluso sin talla para esquilmarlos en beneficio del autóctono. Sin embargo la normativa establece para estas especies invasoras un periodo de veda de enero a marzo para su reproducción. Es muy contradictorio este concepto, porque dar una veda a una especie que quieres exterminar no tiene mucho sentido.


En fin creo que es bastante lioso y las autoridades deberían revisarlo. Yo siempre intentare actuar de la manera más responsable, aunque  las dudas se me volveran a plantear al devolver una especie exótica al agua, porque realmente no se si hago bien a nuestro ecosistema.

Por ultimo pediros que dejéis vuestra opinión a ver si entre todos somos capaces de obtener un concepto de como actuar bien.


Un saludo y muchas gracias



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1 comentario:

  1. Tienes toda la razón la normativa es ambigüa en este aspecto. La verdad es que no hay una linea de actuación bien definida

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